Los testamentos en vida y otras directivas o directrices médicas anticipadas son instrucciones legales escritas sobre sus preferencias de atención médica si usted no puede tomar decisiones por sí mismo. Las directrices médicas anticipadas orientan las elecciones de los médicos y cuidadores si tiene una enfermedad terminal, está gravemente herido, está en estado de coma, se encuentra en una etapa avanzada de la demencia o cerca del final de su vida.
Las directrices médicas anticipadas no son solo para los adultos mayores. Las situaciones críticas inesperadas pueden ocurrir a cualquier edad, por lo que es importante que todos los adultos preparen estos documentos.
Al planear con anticipación, puede recibir la atención médica que desea, evitar sufrimientos innecesarios y aliviar a los cuidadores de la carga de tomar decisiones en momentos de crisis o dolor. También ayudará a reducir la confusión o el desacuerdo sobre las decisiones que desearía que la gente tomara en su nombre.
Un poder notarial para atención médica o cuidado de la salud es un tipo de directrices médicas anticipadas en la que nombra a una persona para que tome decisiones por usted cuando no pueda hacerlo. En algunos estados, esta directiva también puede denominarse poder legal duradero para el cuidado de la salud o poder para cuidado de la salud.
Según el lugar donde vive, la persona que elija para tomar decisiones en su nombre puede llamarse de una de las siguientes maneras:
Es importante elegir a una persona para que actúe como su apoderado de cuidado de la salud. Incluso si tiene otros documentos legales con respecto a su cuidado, no todas las situaciones pueden anticiparse, y algunas situaciones requerirán que alguien decida sobre sus posibles deseos de cuidado de la salud. Debe elegir a una persona que cumpla con los siguientes criterios:
La persona que nombre puede ser un cónyuge, otro miembro de la familia, un amigo o un miembro de una comunidad religiosa. También puede elegir uno o más suplentes en caso de que la persona elegida no pueda cumplir el rol.
Un testamento en vida es un documento legal escrito que detalla los tratamientos médicos que querría y no querría que se realizaran para mantenerlo con vida, además de sus preferencias respecto de otras decisiones médicas, como el control del dolor o la donación de órganos.
Cuando esté determinando lo que desea, piense en sus valores. Tenga en cuenta cuán importante es para usted ser independiente y autosuficiente, e identifique qué circunstancias podrían hacerlo sentir que no vale la pena vivir. ¿Desearía que el tratamiento prolongara su vida en cualquier tipo de situación? ¿En todas las situaciones? ¿Querría recibir tratamiento solo si es posible una cura?
En su testamento en vida, debe contemplar ciertas posibles decisiones sobre la atención a pacientes terminales. Hable con su médico si tiene preguntas sobre alguna de las siguientes decisiones médicas:
No es necesario tener directrices médicas anticipadas ni un testamento en vida para dejar órdenes de no reanimar (ONR) y de no intubar (ONI). Para dejar órdenes de no reanimar o de no intubar, informe sus preferencias al médico. Su médico escribirá las órdenes y las pondrá en su expediente médico.
Aunque ya tenga un testamento en vida que incluya sus preferencias con respecto a la reanimación y la intubación, sigue siendo una buena idea dejar órdenes de no reanimar o de no intubar cada vez que ingrese en un nuevo hospital o instalación de atención médica.
Las directrices médicas anticipadas deben ser por escrito. Cada estado tiene diferentes formatos y requisitos para crear documentos legales. Dependiendo del lugar donde viva, es posible que un testigo o un notario tenga que firmar un formulario. Puede pedirle a un abogado que le ayude con el proceso, pero generalmente no es necesario.
Puede encontrar enlaces a los formularios específicos de cada estado en los sitios web de diversas organizaciones, como la American Bar Association (Colegio Estadounidense de Abogados), la American Association of Retired Persons (Asociación Estadounidense de Jubilados) y la National Hospice and Palliative Care Organization (Organización Nacional de Hospicios y Cuidados Paliativos).
Revise sus directrices médicas anticipadas con el médico y el agente de atención médica para asegurarse de que haya llenado correctamente los formularios. Cuando haya completado los documentos, debe hacer lo siguiente:
Puede cambiar sus directrices en cualquier momento. Si desea realizar modificaciones, debe crear un nuevo formulario, distribuir nuevas copias y destruir todas las copias antiguas. Los requisitos específicos para cambiar las directrices pueden variar según el estado.
Debe discutir los cambios con el médico de atención primaria y asegurarse de que la nueva directiva reemplace a la directiva anterior presente en su expediente médico. Las nuevas directrices también se deben agregar a los historiales médicos de un hospital o asilo de ancianos y convalecientes. Además, hable con el agente de atención médica, su familia y sus amigos sobre los cambios que hizo.
Considere revisar sus directrices y crear otras nuevas en las siguientes situaciones:
En algunos estados, la planificación anticipada de la atención médica incluye un documento llamado órdenes del médico para el tratamiento artificial de la vida. El documento también puede llamarse órdenes del profesional de atención médica para el tratamiento artificial de la vida u órdenes del médico para el tratamiento para mantener la vida.
Un documento con órdenes del médico para el tratamiento artificial de la vida está destinado a personas que ya tienen un diagnóstico de una enfermedad grave. Este formulario no reemplaza sus otras directrices. Por el contrario, sirve como instrucciones dadas por el médico, similares a las de una receta médica, para asegurar que, en caso de emergencia, reciba el tratamiento que prefiera. El médico llenará el formulario basándose en el contenido de sus directrices médicas anticipadas, las conversaciones que tenga con el médico sobre el curso probable de su enfermedad y sus preferencias de tratamiento.
El documento con las órdenes del médico para el tratamiento artificial de la vida estará siempre con usted. Si está en un hospital o en un asilo de ancianos y convalecientes, el documento se coloca cerca de su cama. Si vive en su casa o en un centro de cuidado para pacientes terminales, el documento se exhibe en un lugar destacado donde el personal de emergencia u otros miembros del equipo médico puedan encontrarlo fácilmente.
Los formularios varían según el estado, pero en esencia un documento con órdenes del médico para el tratamiento artificial de la vida le permite a su médico incluir detalles sobre los tratamientos que no se deben utilizar, bajo qué condiciones se pueden utilizar ciertos tratamientos, cuánto tiempo se pueden utilizar y cuándo se deben suspender los tratamientos. Los temas cubiertos en un documento con órdenes del médico para el tratamiento artificial de la vida pueden incluir los siguientes:
Un documento con órdenes del médico para el tratamiento artificial de la vida también indica qué directrices médicas anticipadas ha decidido y quién es su apoderado de atención médica. Al igual que las directrices médicas anticipadas, las órdenes del médico para el tratamiento artificial de la vida pueden ser canceladas o actualizadas.
ART-20046303